BONO DE ESCOLARIDAD
El gobierno nacional, venía otorgando la bonificación por escolaridad a todos los trabajadores del sector público para que logren apoyarse con los gastos del colegio, cuyas clases inician a principios del mes de marzo. A continuación podrás encontrar más información sobre el beneficio por escolaridad.
Si bien es cierto que la mayoría de los trabajadores pertenecientes al sector público, ya han realizado el cobro de su bono por escolaridad, en conjunto con el pago de la planilla; conforme con lo establecido según el cronograma del Banco de la Nación, El cual venció el 26 de enero del presente año, a los profesores auxiliares de educación contratados bajo el Marco de la ley 29,944, según lo establecido por Ley de Reforma Magisterial, él abono se les hará por medio de la planilla del mes de junio del 2023, de acuerdo con los mencionados según el cronograma.
Esto con la intención de seguir dando incentivos económicos de carácter gubernamental, a modo de bono para todas aquellas personas quienes se encuentren perteneciendo a la población más vulnerable del país o también cumplan con los requisitos previamente establecidos para cada bono excepcional.
REQUISITOS
Conforme lo establecido con la norma, para que todos los trabajadores tengan derecho a percibir la bonificación por escolaridad, deben haber cumplido con las siguientes condiciones:
Encontrarse laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o también estar en uso del descanso vacacional, con una licencia que tenga goce de remuneraciones y percibiendo los subsidios a los cuales se refiere la ley número 26,790, que también hace respaldo a lo que indica la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
Contar con el servicio de una antigüedad el cual no sea menor a tres meses para la fecha prevista de dicho pago de bonificación.
En caso tal de que no cuenten con el tiempo requerido, el beneficio se abonará de forma proporcional a los meses y días en los que haya elaborado.
Profesores, además de los requisitos mencionados anteriormente, también se deben cumplir las siguientes condiciones:
La bonificación por escolaridad se va a otorgar a todos los docentes quienes cuenten con una jornada laboral completa, según lo establecido por el magisterio nacional.
Para el caso de los servidores que estén comprendidos en regímenes según la carrera propia que labora en el tiempo parcial o jornada laboral que sea incompleta, lo que constata a menos de 30 horas pedagógica de la semana, la bonificación va a ser de aplicación proporcional similar al tiempo que labora cada docente.
RECOMENDACIONES FINALES
Por último, se le aconseja a todo el personal docente evitar caer en estafa proporcionada por personas malintencionadas. Para ello es aconsejable que bajo ninguna circunstancia se proporcione información personal o se hable con algún supuesto funcionario acerca del bono por escolaridad. Lo mejor será esperar futuras informaciones en cuanto al cobro del mismo. Asimismo, es importante visitar el sitio oficial de ministerio de educación de Perú para estar al tanto de todo.